TESTIMONIO: VISTO: La Ordenanza Nº 194/86, y CONSIDERANDO: Las modificaciones formales que resultan necesarias a su articu- lado según estudios realizados por el Departamento Ejecutivo, POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: 0 R D E N A N Z A Nº 65/87 ------------------------------- ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a llamar a licitación pública ------------ para la concesión de la explotación de una Estación Centralizadora de Transporte Interurbano de Pasajeros, en un todo de acuerdo con el Pliego de Bases y Condiciones y las Especificaciones Técnicas que acompañan esta Ordenanza como Anexos I y II respectivamente.--------------------------------------------- ARTICULO 2.- El Pliego que a tal efecto se elabore deberá tener los siguiente ------------ con tenidos mínimos: a.- PLAZO: El plazo será de veintiún (21) años, renovable por ter-cios según lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades b.- UBICACION: Deber estar próxima a las cuatro principales aveni-das que nacen en la Plaza Libertad y sus prolongaciones y tener fácil acceso a la ruta provincial 55.- c.- PROYECTO.- El proyecto ser presentado por el o los interesados y deberá adaptarse tanto a las normas provinciales y/o nacionales del rubro como a las municipales dictadas al efecto.- d.- CARACTER: Deberá tener carácter amplio y permisivo a los fines de poder evaluar con mayor cantidad de ofertas todas las posibilidades propuse-tas en función del interés común.- e.- FUNCIONAMIENTO: La empresa adjudicataria tendrá que comenzar a operar dentro de los seis meses de acordada la licitación y aprobada por los organismos provinciales correspondientes. La Municipalidad podrá autorizar pro- visoriamente el funcionamiento, reunidas las condiciones mínimas, establecien- do un plazo no mayor de seis (6) meses adicionales para la conclusi¢n de las tareas.----------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3.- Una vez habilitada la Estaci¢n Centralizadora será lugar exclusivo ------------ y obligatorio de arribo y salida de ómnibus y micro ómnibus de media y larga distancia que tengan su punto terminal o efectúen parada en la ciudad de Balcarce.------------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- El concesionario deberá observar fielmente las disposiciones vigen------------- tes o que se dicten en el futuro en el orden nacional, provincial o municipal y que afecten directa o indirectamente a la prestación del servicio público o la explotación comercial que se efectúe en el ámbito de la Estación Centralizadora.----------------------------------------------------------------- ARTICULO 5.- El Departamento Ejecutivo confeccionará un Reglamento Interno que ------------- junto con el Contrato de Concesión; la presente ordenanza y sus anexos, obligará a las partes con la misma fuerza jurídica.--------------------- ARTICULO 6.- El que resultare adjudicatario de la licitación, nombrará como Di-------------- rector Técnico de la obra a un profesional competente, designando la municipalidad un profesional dependiente de la Secretaría de Obras y Servi-cios Públicos a cargo de la Inspección de los trabajos.------------------------- ARTICULO 7.- Derógase la Ordenanza Nº 194/86 que sirviera de base y punto de ------------ partida para la elaboración de la presente.------------------------ ARTICULO 8.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los treinta días del mes de Septiembre de mil novecientos ochenta y sie-te. FIRMADO: Héctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----